Cómo solicitar con éxito el visado de inmigrante para EEUU basado en parentesco

Cómo solicitar con éxito el visado de inmigrante para EEUU basado en parentesco

Una de las formas de obtener un visado de inmigrante para USA es aplicando por un visado basado en parentesco. Para ello debes tener un familiar ciudadano de los Estados Unidos o residente y cumplir una serie de requisitos. En este caso es la persona que reside en Estados Unidos quien tramita la petición de visado para sus familiares.

¿Quién puede solicitar el visado? Requisitos

Tanto ciudadanos como residentes permanentes de los Estados Unidos pueden solicitar visado para las personas con el siguiente parentesco:

  • Hijos no casados
  • Esposo (a)

Los ciudadanos de los Estados Unidos también pueden aplicar por un visado basado en parentesco para:

  • Hijos casados
  • Prometido (a)
  • Padres (en este caso el ciudadano debe ser mayor de 21 años para poder tramitar la solicitud)
  • Hermanos (ciudadano de los Estados Unidos mayor de 21 años)

¿Cómo solicitarla? Documentación necesaria

Paso 1. Formulario I-130 Petición de Familiar Extranjero.

El ciudadano o residente permanente debe presentar el formulario I-130 que demuestra la relación familiar.

Cuando se solicita la visa para un familiar inmediato de un ciudadano que ya reside en Estados Unidos de forma legal ( o ilegal- si entro con inspección), juntamente con el I-130 se puede presentar el formulario I-485 (Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus) a la misma vez. Estos familiares de ciudadanos son considerados familiares inmediatos (esposo o esposa, hijos menores de 21 años no casados y padres).

En la mayoría de los casos será necesario presentar, también, una declaración jurada de patrocinio económico, rellenando el formulario I-864. Con este documento se demuestra que el ciudadano o residente permanente tiene los suficientes medios y acepta la responsabilidad legal de apoyar económicamente a su familiar.

El formulario I-130 debe enviarse a través de correo postal a una de las oficinas de USCIS dependiendo del lugar de residencia: https://www.uscis.gov/i-130-addresses

Paso 2. Esperar por la aprobación de la petición

El USCIS procesará la petición y al cabo de unas semanas enviará el documento I-797. Este documento es una notificación a través del cual se informa del estado de la solicitud, que puede ser: recepción de solicitud, aprobación, denegación, solicitud de más información…

Paso 3. Obtención de un número de Visa

Una vez que la visa es aprobada si el inmigrante se encuentra en Estados Unidos residiendo de forma legal y todavía no se ha presentado el formulario I-485, debe presentarse para ajustar su situación.

Si el inmigrante se encuentra fuera del país, debe pasar por un proceso consular. Tendrá que acudir a la cita que fije el consulado del país en el que reside actualmente y cumplir con los requerimientos. Una vez que se tramite y garantice la visa usted podrá viajar a los Estados Unidos y presentarse a un oficial de Aduanas (CBP or sus siglas en Ingles) y ese oficial lo admite y le sella su pasaporte- Y ya usted es residente permanente y obtiene la tarjeta de residente (Green Card) en unos meses.

¿Cuánto tiempo se demora? Preferencias

Los familiares inmediatos de ciudadanos de los Estados Unidos tienen una especial consideración y no tendrán que esperar lista de espera. Se consideran familiares inmediatos a los hijos no casados menores de 21 años y no casados, esposo (a) y padres.  

El resto de familiares tendrán que esperar. Cada año se determinan por ley cuántas personas podrán emigrar ese año, dependiendo de la demanda de peticiones, se puede tardar hasta varios años hasta que la visa es aprobada. Se puede comprobar los tiempos actuales de espera aquí https://travel.state.gov/content/visas/en/law-and-policy/bulletin.html

El tiempo de espera se puede demorar meses o años dependiendo del grupo de preferencias.

  • F1. Hijos de ciudadanos de los Estados Unidos
  • F2A. Esposos/as e hijos de residentes permanentes
  • F2B. Hijos de residentes permanentes mayores de 21 años
  • F3. Hijos casados de ciudadanos de los Estados Unidos
  • F4. Hermanos de ciudadanos de los Estados Unidos

¿Qué puedo hacer si me deniegan el visado de inmigrante?

Si la visa es denegada, se puede apelar. En el mismo documento se informa de cómo y dónde se puede presentar la apelación.

En cualquier momento del proceso puedes acudir a un experto en inmigración para asesorarte sobre la tramitación de la solicitud del visado de inmigrante basado en parentesco.